En España, la administración local es el conjunto de administraciones públicas que gestionan las provincias y municipios principalmente; ambos entes de carácter territorial. Existen otras administraciones locales, como son las mancomunidades, las comunidades de villa o las comarcas; unas territoriales, otras no.[1]​ La Constitución española de 1978 en su título VIII estableció un Estado organizado territorialmente en comunidades autónomas, provincias y municipios. Cada una de estas entidades goza de autonomía para la gestión de sus respectivos intereses.

Entes

De acuerdo con la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local (LRBRL), Ley 7/1985, de 2 de abril, modificada por la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración local (LRSAL), los distintos entes que integran la Administración Local son:

De existencia obligatoria

  • El municipio (artículo 140 de la CE). La Constitución garantiza la autonomía de los municipios, con plena personalidad jurídica. El Ayuntamiento realizará el gobierno y la administración, a través del Alcalde y Concejales.
  • La provincia (artículo 141.1 de la CE). El Art 31 de la LBRL, indica que es una entidad local determinada por la agrupación de municipios, con personalidad jurídica propia, con plena capacidad para el cumplimiento de sus fines, el Gobierno y la administración le corresponde a la Diputación, formada por el presidente, el vicepresidente, el Pleno y la Comisión de Gobierno.
  • La "isla". En el caso de las islas, las diputaciones provinciales están disueltas; en su lugar el Gobierno y Administración se circunscribe a la isla en torno a los consejos insulares (Baleares) y los cabildos insulares (Canarias).

De existencia opcional

  • La comarca, agrupación de varios municipios.
  • El área metropolitana, agrupación de núcleos urbanos de varios municipios.
  • La mancomunidad, asociación de municipios para fines concretos.

Ya no son entidades locales

La LRSAL ha suprimido las siguientes entidades locales.

  • El Consorcio, asociación de municipios con otra Administración Pública no municipal. Normalmente la asociación suele ser con una Diputación, una Comunidad Autónoma o el Estado, y también pueden participar entidades privadas.

Son ahora entes públicos de creación y extinción voluntaria, regulados por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

  • La entidad de ámbito territorial inferior al municipio, de carácter intermunicipal.
  • Entidades de rango inferior al municipio, que reciben diferentes nombres según las zonas, como caseríos o cortijadas, parroquias, aldeas, señoríos, anteiglesias, concejos, pedanías, lugares y anejos.

En estos dos últimos casos, en virtud de las disposiciones transitorias de la LRSAL, subsisten como entidades locales las entidades menores existentes al momento de la entrada en vigor de la Ley que hubieran presentado sus cuentas, ante la autoridad competente del Estado o de la Comunidad Autónoma, antes del 31 de diciembre de 2014, y las que hubieran iniciado su constitución antes del 1 de enero de 2013.

La Administración Local en España está regulada, además de por la citada LRBRL y sus reglamentos de desarrollo, por el texto refundido de las Disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y por las leyes autonómicas respectivas.

Legislación básica del Estado

La Legislación básica del Estado en el ámbito de la de la Administración local, es la siguiente:

Véase también

  • Competencias municipales en España
  • Administración local (Navarra)
  • Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP)
  • Administración General del Estado (España)
  • Administración Autonómica

Referencias

Bibliografía

  • «El Régimen local en España». Ministerio de Administraciones Públicas. Consultado el 20 de abril de 2024. 
  • «Código de Régimen local». Biblioteca Jurídica Digital. Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Consultado el 20 de abril de 2024. 
  • «Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local». Boletín Oficial del Estado. ISSN 0212-033X
  • «Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público». Boletín Oficial del Estado. ISSN 0212-033X
  • «Ley 1/2003, de 10 de marzo, para la garantía de la democracia en los Ayuntamientos y la seguridad de los Concejales». Boletín Oficial del Estado. ISSN 0212-033X

Enlaces externos

  • «Datos del registro de Entidades Locales». Portal de Entidades Locales. Ministerio de Asuntos Económicos y Transformatión Digital. Consultado el 10 de junio de 2022. 
  • Portal de acceso general a las Administraciones públicas del Reino de España

Administracion Local tras reforma LRSAL

Administración Local Práctica / 9788470529108

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Las mafias en la Administración Local esPublicoBlog

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